Debajo el cambio normal, en otro color.

Bregar con mutualistas que quieren cambiar de entidad otro mes

En corto, la explicación larga para quedar bien y los motivos del cambio extraordinario.

Fuera de enero

Cambio de provincia (destino o domicilio) o si vienen del extranjero.

Si pasa algo muy gordo y se abre un período nuevo.

Para cambio SS a Privada, si están de acuerdo por escrito todas las entidades.

Para cambio Privada a SS solo si pasa algo de lo de abajo y da permiso la comisión paritaria cuando se reúna.

Cambio extraordinario excepto el cambio extraordinario a SS con el vocabulario correcto

Para mutualistas en activo:

Cuando se produzca un cambio de destino que implique traslado a otra provincia o isla.

Cuando, manteniendo la localidad de destino, se produzca una cambio de domicilio a otra provincia  o isla.

Para mutualistas en situación de jubilación o para personas beneficiarias con  Documento asimilado al de Afiliación (por fallecimiento, separación, divorcio o nulidad del matrimonio de la persona titular) cuando se produzca un  cambio de domicilio, con cambio de provincia o isla de residencia. Este derecho podrá ejercitarse por una  sola vez cada año.

Cuando se obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las Entidades afectadas . Este supuesto incluye el cambio a cualquier entidad de seguro desde la red sanitaria pública, pero no el caso contrario.(para irte a privada desde la Seguridad Social )

Cuando la persona titular pase a quedar comprendida en el colectivo del Concierto en territorio nacional al extinguirse su derecho a quedar protegida por el Concierto de asistencia sanitaria en el Exterior, siempre y cuando dicha extinción no se deba a la pérdida de la condición de mutualista.  (cuando vienen del exterior que ya no pueden usar DKV internacional)

Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares a quienes afecte el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidad, incluido, en su caso, los Servicios Públicos de Salud. ( cuando pasa algo muy gordo y la Dirección General abra un período nuevo)

Para cambiar a SS desde privada. Cuando la persona titular lo solicite por  razones de asistencia médico-hospitalaria que le afecten personalmente o a cualquiera de las personas que tenga adscritas y sea  aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/SEGURIDAD SOCIAL que analiza la documentación aportada y valora la concurrencia de las circunstancias fijadas en el anexo del Convenio, en la redacción dada por la  Adenda de prórroga y modificación de 16 de febrero de 2022, con los criterios que pueden justificar la estimación del cambio. Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer dos años con la adscripción a los Servicios Públicos de Salud, en el caso de que se estime el cambio.

Cambio extraordinario de privada a SS

Cuando el cambio se solicite para que el paciente sea tratado en una unidad concreta constituida en un centro hospitalario del Sistema Sanitario Público que sea de carácter multidisciplinar o de alta especialización en una patología o proceso asistencial determinado, siempre que la Entidad concertada no disponga de una unidad análoga en el mismo ámbito territorial de ubicación del centro público. En cualquier caso, se excluyen aquellas unidades que hayan sido designadas por el Comité de Designación de Centros, Servicios y Unidades de Referencia del Sistema Nacional de Salud y que son publicadas mediante resolución del Ministerio de Sanidad.

Cuando se solicite el cambio al modelo asistencial público basado en alguno de los siguientes supuestos:

Pacientes con patología psiquiátrica .

Personas mayores, o con discapacidad o en situación de dependencia que se encuentren  en Centros Residenciales públicos o concertados por los servicios sociales.

Víctimas de violencia de género.

Pacientes que precisen atención en cuidados paliativos en el ámbito domiciliario  y la Entidad de seguro concertada no tenga la obligación de hacerse cargo de dicha atención en medios públicos por aplicación del correspondiente Concierto.

Cuando el cambio se solicite para la atención en centros sanitarios públicos, de menores que hayan sido diagnosticados de patologías graves , así como mujeres cuyo embarazo haya sido calificado mediante informe médico como de alto riesgo  y que la Entidad de seguro concertada no tenga la obligación  de hacerse cargo de dicha atención en medios públicos por aplicación del correspondiente Concierto.

Pacientes incluidos o susceptibles de ser incluidos en un ensayo clínico, o sometidos a una  técnica o procedimiento en fase experimental, que se realice en un centro hospitalario del Sistema Sanitario Público.

Pacientes que tengan diagnosticada una enfermedad rara, entendiéndose ésta como una de las que figuran en las clasificaciones oficiales de enfermedades raras, que suelen afectar a un número limitado de población.

Pacientes con una patología grave y que, por haberse dado una situación de doble afiliación , por causas no imputables a ellos, deban causar baja en un Régimen por el cual venía recibiendo la asistencia sanitaria a través de los medios de la Red Sanitaria Pública, y soliciten en base a ello el cambio al INSS.

Pacientes con patologías graves, en las que el paciente elige un determinado Centro Público motivado por la  confianza médico-paciente, necesaria para desarrollar el correcto tratamiento de la enfermedad, debiéndose acreditar este extremo mediante informe médico emitido por el facultativo encargado del tratamiento en la Red Sanitaria Pública .

Los expedientes en los que no concurra ninguno de estos supuestos serán resueltos directamente por la Dirección General de MUFACE, sin someterse previamente a la consideración de la Comisión Paritaria


Cambio de entidad de verdad de la buena

Se parte del impreso CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA.  Asegurarse de que están rellenos los campos de información personal, la entidad actual y la que quiere, lugar y fecha y firma. Si lo recogemos del correo o de triaje o de la mesa 4 se le pone la fecha y un sello de entrada.

En Sigma ► Colectivos ► Modificación de titulares y gestión de beneficiarios introducimos el número de afiliación del mutualista.

 Se comprueba y modifica si es necesario toda la información (dirección, email, teléfono…)

Se cambia la entidad y la fecha de alta (el día de hoy si viene en persona o el de entrada o envío si viene por registro o correo)

Se guarda la información (se graba).

Entonces el programa pregunta si quieres imprimir algún documento

Evidentemente yes, primero el documento de afiliación

A una cara

 Se escoge impresora, importante  que sea a color, Maria del Mar prefiere la 45 (que tieeenno ya no existe la 45. Ahora la KYO 1 o la KYO 2 en color, de hecho creo que tarjeta directamente)

Otra vez a la impresorita y imprimir certificado de alta en entidad (este vale en B/N) y a veces da problemas para imprimir, habrá que seguir hasta que salga pero es importante saber que se puede mandar por correo eléctronico en la imagen del sobre. Eso sí, solo lo manda al correo que tengamos nosotros en la base de datos (eso hay que comprobarlo que con el certificado sustitutorio de la tarjeta sanitaria europea era falso-falsísimo). De ahí que haga falta revisar los datos al principio

Se escanea la solicitud y se sube en colectivos.