Para mutualistas en sanidad privada que necesiten productos sanitarios de uso externo relacionados en el Catálogo General de Material Ortoprotésico. Los que tengan el INSS deben solicitar la prestación por dicho Servicio de Salud, en las mismas condiciones y a través del procedimiento que establezcan para sus usuarios. El Importe máximo de financiación es el mismo en todos los casos. Tienen 5 años para pedirlos. 

Importante: Si tiene más de un 33% de discapacidad, el IVA de la factura tiene que ir al 4%

Importante los próximos 4/5 años: El catálogo ha cambiado el 01/07/2022, las facturas anteriores tienen que ir con el catálogo anterior . De hecho, este año se juega con tres catálogos según fecha de la factura.

También importante: La factura tiene que ser del mismo día o posterior al informe

Más cosas: En los casos de objetos adaptables, la factura tiene que ir firmada por el vendedor y por el responsable de la adaptación (que ponga eso, el responsable de la adaptación). Queda claro que firman los dos ¿no?

Papeles a Presentar

Solicitud

Informe médico normalizado de especialista de la compañía sanitaria a la que pertenezca el mutualista. Tiene que llevar diagnóstico y prescripción con el número del código de MUFACE

Factura de establecimiento dispensador de ortopedia autorizado por la autoridad sanitaria competente. Con todos los requisitos legales y el IVA del 4% si el causante tiene más del 33% y si no es una pieza. Y con el mismo número de catálogo que el informe

Incluye

Prótesis externas (productos sanitarios que requieren una elaboración y/o adaptación individualizada y que, dirigidas a sustituir un órgano o parte de él, no precisan la implantación quirúrgica en el paciente).

Sillas de ruedas (personas que han perdido, total o parcialmente y de forma permanente, la capacidad de deambulación y que sean adecuados a su grado de invalidez).

Ortesis (productos sanitarios de uso externo no implantables que, adaptados individualmente al paciente, se destinan a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto).

Prótesis Especiales (aquellas que, no correspondiendo por sus características a ninguno de los apartados anteriores, se encuentran incluidas en el Catálogo General de Material Ortoprotésico).